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OLGUIN MAURO GABRIEL C/ MAIBACK GISELA SOLEDAD S/ COBRO EJECUTIVO

Cobro ejecutivo de pagaré por $510.000. El Tribunal ordenó continuar la ejecución y condenó al ejecutado al pago del capital más intereses a la tasa activa del Banco de la Provincia de Buenos Aires desde la mora.

Cobro ejecutivo Pagare sin protesto Falta de oposicion de excepciones Condena al pago Intereses Tasa activa banco provincia Costas Ejecucion Deuda Junin

Quién demanda: OLGUIN MAURO GABRIEL

¿A quién se demanda?

MAIBACK GISELA SOLEDAD

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Cobro ejecutivo de la suma de PESOS QUINIENTOS DIEZ MIL CON 0/100 ($510.000,00), más intereses, derivado de un pagaré "sin protesto" librado el 10/06/2025 con vencimiento el 10/07/2025.

¿Qué se resolvió?

El Tribunal hizo lugar a la demanda ejecutiva, ordenando continuar la ejecución hasta que la parte ejecutada abone la suma reclamada con sus accesorios. Se declaró decaído el derecho del ejecutado a oponer excepciones por no haberlo ejercido en tiempo legal, y se condenó al pago de costas. Fundamentos principales de la decisión: "Que, cumplida en forma la intimación de pago y citación a oponer excepciones, conforme surge de las diligencias acompañadas en PDF en fecha 08/04/2026, los ejecutados no han opuesto excepciones dentro del plazo legal, el cual se encuentra vencido según informe verbal de la Actuaria en este acto (art. 116 CPC). En consecuencia, corresponde tenerlos por decaídos en el derecho que dejaron de ejercer en tiempo oportuno." "Que, en virtud de lo dispuesto por los arts. 540 y 549 del CPC, corresponde continuar la presente ejecución hasta que la parte ejecutada abone a la parte actora la suma de PESOS QUINIENTOS DIEZ MIL CON 0/100 ($510.000,00), más los intereses y costas correspondientes." "En cuanto al cómputo de intereses a aplicar, cabe tener presente que conforme criterio sustentado por nuestro Superior Departamental, no habiendo tasa pactada, resultando aplicable los arts. 767, 768, 769, 771 y cctes. del C.C. y C. en virtud de la fecha de suscripción del instrumento en ejecución, deberá computarse la tasa activa para restantes operaciones en pesos del Banco de la Provincia de Buenos Aires, la que se aplicará desde la fecha de la mora, 10/07/2025, hasta el efectivo pago."

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