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DESIATA CECILIA LAURA C/ DESPEGAR.COM.AR SA S/ MEDIDAS CAUTELARES (TRABA/LEVANTAMIENTO)

Los letrados solicitaron aclaración respecto del cálculo de intereses en sentencia condenatoria. El Tribunal rectificó la liquidación de intereses moratorios, ordenando aplicar una tasa anual del 12% conforme ley 14967, en lugar de la tasa activa del Banco de la Nación Argentina.

Aclaracion de sentencia Recurso de reposicion Intereses moratorios Tasa anual 12% Ley 14967 Error involuntario Liquidacion de condena

¿Qué se resolvió en el fallo?

Quién demanda (Peticionario): Dres. Blanco Gustavo Higinio y Licciardello Luciana Carolina A quién se demanda (Demandado): No especificado en el documento Qué se reclama (Objeto): Aclaración respecto del cálculo de intereses moratorios establecidos en sentencia del 21/05/2026 Qué se resolvió (Decisión del Tribunal): Se hace lugar al recurso de reposición y se rectifica el punto 4to. de la sentencia anterior. Fundamentos principales de la decisión: "En atención a lo señalado por los profesionales, se advierte que les asiste razón y por un error involuntario se consignó que el calculo de los intereses sería con aplicación de tasa activa que cobra el Banco de la Nación Argentina." "En virtud de la opción ejercida por los profesionales mediante presentaciones del 8/10/2025, cabe aplicar el inc. a del art. 54 de la ley 14967, es decir '...con más un interés del 12% anual...' (textual norma citada)" "En consecuencia, se rectifica el punto 4to.) de la sentencia, donde deberá leerse 'Al capital de condena se le adicionarán desde las respectivas moras intereses moratorios que se liquidarán aplicando una tasa anual del 12% (art. 52 inciso a Ley 14967).'"

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