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VAN DEN HEUVEL ROMINA S/ DETERMINACIÓN DE LA CAPACIDAD JURÍDICA

Se revisó la capacidad jurídica restringida de Romina Van Den Heuvel en el marco de lo dispuesto por el artículo 40 del Código Civil y Comercial. El Tribunal mantuvo la declaración de capacidad restringida, confirmando que es autónoma para actividades de la vida cotidiana pero requiere asistencia para actos patrimoniales y decisiones sobre su persona.

Capacidad restringida Revision de sentencia Articulo 40 cccn Personas de apoyo Actos patrimoniales Autonomia personal Discapacidad Asistencia Consentimiento informado Derechos de personas con discapacidad.

Quién demanda: Asesoría de Incapaces (funcionaria Dra. Kristensen) en representación del interés público.

¿A quién se demanda?

Romina Van Den Heuvel (nacida el 15 de septiembre de 1989, DNI nro. 34.624.794).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Revisión de la sentencia de incapacidad civil dictada el 19 de septiembre de 2011 para constatar si aún concurren en la misma medida los elementos que condujeron a su dictado, conforme lo establecido por el artículo 40 del Código Civil y Comercial de la Nación.

¿Qué se resolvió?

El Tribunal mantuvo la declaración de capacidad restringida de Romina Van Den Heuvel, reconfirmando que es autónoma para las actividades de la vida cotidiana pero que requiere asistencia para actos patrimoniales, gestión de dinero, decisiones sobre sus bienes y consentimiento informado en materia médica. Fundamentos principales de la decisión: El Tribunal consideró que "la entrada en vigencia el 1 de agosto de 2015 del CCCN y por imperio de su art. 7 obliga a su aplicación inmediata en casos como el presente, motivo por el cual será resuelta esta reválida de la primigenia sentencia conforme arts. 31 a 47 del CCCN." Asimismo, señaló: "Que de acuerdo con los antecedentes de este proceso, la sentencia de revisión dictada en fecha 20/04/23, lo que surge del informe socio ambiental de la licenciada Iriarte, el certificado de discapacidad adunado y la audiencia normada por el art. 35 del CCCN, se puede establecer que la causante mantiene las capacidades indicadas en la resolución aludida, es decir, es autónoma para las actividades de la vida cotidiana." El informe socioambiental de la licenciada Iriarte expresó que "se evidencia un apoyo familiar sólido por parte de su hermana y su padre, quienes se encargan de cubrir tanto las necesidades básicas como los aspectos de salud y gestión administrativa de la Romina, demostrando predisposición y responsabilidad en su acompañamiento integral, quien es autónoma para las actividades de la vida cotidiana." Agregó que "la situación actual de la citada es favorable y estable, contando con recursos sociales y familiares que garantizan su bienestar." El Tribunal respetó el derecho a ser escuchado establecido en el artículo 35 del CCCN, tomando contacto directo con la interesada y sus personas de apoyo designadas (Luis Van Den Heuvel, padre, y Silvina Van Den Heuvel, hermana), manteniendo a ambos en su cargo con obligación de rendir cuentas y requerir autorización judicial previa.

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