MATOZZA LUCAS JAVIER S/ SUCESION AB-INTESTATO
El tribunal ordenó la inscripción de la declaratoria de herederos y reguló honorarios profesionales en sucesión ab intestato. Se dispuso la caducidad de embargo sobre bien inmueble por vencimiento del plazo legal de cinco años.
Quién demanda: Herederos en sucesión ab intestato de MATOZZA PABLO OSCAR (proceso principal: Expte. N° LM-41468-2014)
¿A quién se demanda?
N/A (Proceso sucesorio)
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Inscripción de la declaratoria de herederos dictada el 13/12/2023 respecto de derechos que correspondan al causante sobre bien inmueble ubicado en Circunscripción IV, Sección A, Manzana 34, Parcela 10, Matrícula N°18298 (Partido de La Costa), Antecedente Dominial F°3/934 GRAL. LAVALLE.
¿Qué se resolvió?
El tribunal ordenó:
1. La inscripción de la declaratoria de herederos conforme a lo solicitado y cumplimiento del art. 765 del CPCC, respecto de los derechos del causante en el proceso sucesorio de su padre (MATOZZA PABLO OSCAR S/ SUCESION AB INTESTATO).
2. La expedición de los instrumentos pertinentes en los términos dispuestos por la SCBA mediante Resoluciones 1799/16 y 3997/20, a confeccionarse de forma conjunta con los ordenados en el proceso sucesorio de los padres del de cujus.
3. La constatación de caducidad del embargo anotado con fecha 18/05/2011, por haber cumplido el plazo de 5 años establecido por ley sin renovación, de conformidad con lo normado por el art. 207 CPCC.
4. La regulación de honorarios profesionales a la Dra. María Laura Susana Trama (T°V F°667 del CAM) en 15 JUS por las labores desplegadas en las tres etapas del proceso, a cargo de la masa hereditaria, conforme a los arts. 1, 9, 10, 13, 14, 15, 16, 22, 24, 27, 28, 35, 51, 54 Ley 14.967.
5. Se tomó como base regulatoria la suma de $5.039.799,83 (compuesta por el 16,6% -porcentaje que transmite el causante
- del Valor del Impuesto al Acto que asciende a $30.238.799), conforme jurisprudencia de la Excma. Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial Departamental Sala II causa 1876/2 caratulada "DEMONTE DE SOUZA, FRANCISCA Y OTROS S/SUCESION AB INTESTATO" R.H. Nº 62/2010 del 28/09/10.
Fundamentos principales:
"De conformidad con lo solicitado y encontrándose cumplido en autos con lo dispuesto por el art. 765 del CPCC, procédase a la Inscripción de la Declaratoria de Herederos dictada en data 13/12/2023 con relación a los derechos que le pudieran corresponder al causante de autos, en el proceso sucesorio de su padre en trámite ante este organismo caratulado 'MATOZZA PABLO OSCAR S/ SUCESION AB INTESTATO'."
"Asimismo, venidos los presentes a despacho, toda vez que de la lectura del informe de dominio acompañado respecto del inmueble cuya inscripción fuera ordenada 'supra' se desprende que consta la anotación definitiva de una medida de embargo con fecha 18/05/2011, teniendo en consideración lo normado por el art. 207 CPCC, no existiendo renovación de la misma y habiéndose cumplido el plazo interpuesto por ley de 5 años, se deja constancia que la misma deviene caduca."
"A efectos de dar cumplimiento con lo normado por los arts. 21 y 22 de la Ley 6716, regúlanse los honorarios del profesional interviniente en mérito e importancia de las tareas desarrolladas en autos y en forma definitiva, Dra. María Laura Susana Trama (T°V F°667 del CAM) en 15 JUS (Ac. 4222/26 SCBA punto 1) por las labores desplegadas en las tres etapas del proceso, todas ellas a cargo de la masa hereditaria."
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