MARECOS DANIEL IGNACIO C/ PREVENCION ART SA S/ ACCIDENTE DE TRABAJO - ACCION ESPECIAL
El actor promovió demanda por accidente de trabajo contra una ART. El Tribunal homologó el acuerdo conciliatorio arribado entre las partes, considerando que constituye una justa composición de derechos e intereses sin vulnerar principios de orden público.
Quién demanda: Marecos Daniel Ignacio
¿A quién se demanda?
Prevención ART SA
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reparación por accidente de trabajo (créditos derivados de la cobertura de riesgos del trabajo)
¿Qué se resolvió?
El Tribunal homologó el acuerdo conciliatorio celebrado entre las partes mediante presentación electrónica de fecha 19/05/2026. Se ordenó:
- Homologación del convenio conciliatorio conforme arts. 12, 15 y concordantes de la L.C.T.
- Costas a cargo de la demandada
- Regulación de honorarios profesionales según lo acordado por las partes
- Honorarios de peritos en suma de $800.000 para cada uno
- Depósito del capital conciliado en cuenta sueldo del trabajador
- Pago de tasa de justicia por $440.000
Fundamentos principales de la decisión:
"Que la conciliación arribada entre la parte actora y demandada obrante en la presentación electrónica de fecha 19/05/2026 no vulnera ningún principio de orden público y constituye una justa composición de los derechos e intereses de las partes y de la controversia traída a decisión de este órgano jurisdiccional, conforme lo dispuesto en los arts. 12 y 15 L.C.T."
"Que la conciliación es una de las formas posibles de concluir el juicio (art. 30 de la ley 15.057), y el convenio celebrado entre partes hace a la celeridad procesal que debe imprimirse a todo trámite en el que se ventilen cuestiones de índole alimentario, tal es el de los potenciales créditos reclamados en autos."
"Que asimismo, las partes han pactado la multa aplicable en caso de que se incumpla la obligación y la misma resulta proporcionada con el monto conciliado (art 790 CCC), estableciendo además, que la demandada se hará cargo de las costas originadas por la presente acción."
Los Dres. Gabriele y Cáceres adhirieron al voto del Dr. Valcarce por compartir sus fundamentos.
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