LIRA ANA MARIA C/ INSTITUTO DE PREVISION SOCIAL S/ AMPARO POR MORA
El actor promovió un amparo por mora contra el Instituto de Previsión Social por la falta de respuesta a su solicitud de jubilación. El Tribunal hizo lugar a la acción, ordenando al IPS emitir el informe técnico requerido en un plazo de diez días.
Actor: Lira Ana María Demandado: Instituto de Previsión Social Objeto: Pronto despacho de la resolución de jubilación Decisión: Se hace lugar al amparo por mora, ordenando al IPS a emitir el informe técnico y dictar acto administrativo final en plazos establecidos.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La actora inició la presente causa con el objeto de obtener una orden judicial de pronto despacho que condene a la Administración a despachar las actuaciones en las que la accionante resulta ser parte, en virtud de haber dejado vencer los plazos sin expedirse." "El juez ante cada demanda, debe apreciar cuál es el siguiente trámite a realizar o acto a dictar... examinar si se configuró mora en su emisión y, en caso afirmativo, librar la orden judicial correspondiente." "La mora se configura no por el transcurso de los plazos para resolver el pedido... sino precisamente por la demora en el requerimiento de dicho acto procedimental indispensable." "Corresponde hacer lugar a la presente acción de Amparo por Mora, ordenando al Instituto de Previsión Social proceda... a la emisión del informe técnico requerido... en un plazo que no podrá exceder el término de 5 días hábiles administrativos."
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