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BANCO PIANO S.A. C/ RAMIREZ CARINA NOEMI S/ COBRO EJECUTIVO

Banco Piano S.A. promovió cobro ejecutivo contra Ramírez Carina Noemí. El Tribunal decretó la caducidad de instancia por falta de impulso procesal de la demandante, rechazando implícitamente la continuación del proceso.

Caducidad de instancia Cobro ejecutivo Falta de impulso procesal Inactividad procesal Articulos 310 315 y 316 cpcc Intimacion previa Proceso ejecutivo

Quién demanda: Banco Piano S.A.

¿A quién se demanda?

Ramírez Carina Noemí

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Cobro ejecutivo (materia de ejecución de crédito)

¿Qué se resolvió?

El Tribunal decretó la caducidad de instancia en las presentes actuaciones, rechazando así la continuación del proceso ejecutivo iniciado por el Banco. Fundamentos principales de la decisión: "Que con fecha 13/4/2026 se dispuso la intimación previa prevista en el art. 315 del CPCC (texto según ley 13.986) en razón de que la última actividad procesal útil a los efectos de impulsar el proceso, fue 14 de febrero del año 2025." "Tomando en consideración que la parte actora no ha instado el proceso dentro del plazo establecido por el art. 310 del CPCC (texto según ley 13.986), pese a encontrarse debidamente notificada en los términos del art. 10 de la Ac. 4013 de la SCBA; corresponde hacer efectivo el apercibimiento dispuesto y declarar la caducidad de la instancia." El tribunal fundamenta la decisión en el incumplimiento de la parte actora de impulsar el proceso dentro de los plazos legales establecidos por el Código Procesal Civil y Comercial, especialmente después de la intimación previa efectuada conforme a los artículos 310, 315 y 316 del CPCC.

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