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BANCO PIANO SA C/ NAPOLI SILVIA ELENA S/ COBRO EJECUTIVO

Banco Piano promovió cobro ejecutivo contra Napoli Silvia Elena. El Tribunal decretó la caducidad de instancia por inactividad procesal de la actora durante más de cinco años, rechazando así la pretensión.

Incidente Rechazo de demanda Caducidad de instancia Vencimiento de plazo Inactividad procesal Intimacion previa Cobro ejecutivo 315 y 316 cpcc Articulos 310

Quién demanda: Banco Piano Sa

¿A quién se demanda?

Napoli Silvia Elena

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Cobro ejecutivo (objeto específico no detallado en la sentencia)

¿Qué se resolvió?

El Tribunal decretó la caducidad de instancia en las actuaciones, rechazando la demanda por inactividad procesal. Fundamentos principales de la decisión: "Que con fecha 14/05/2026 se dispuso la intimación previa prevista en el art. 315 del CPCC (texto según ley 13.986) en razón de que la última actividad procesal útil a los efectos de impulsar el proceso, fue el día 11/04/2021." "Tomando en consideración que la parte actora no ha instado el proceso dentro del plazo establecido por el art. 310 del CPCC (texto según ley 13.986), pese a encontrarse debidamente notificada en los términos del art. 10 de la Ac. 4013 de la SCBA; corresponde hacer efectivo el apercibimiento dispuesto y declarar la caducidad de la instancia." El Tribunal aplicó los artículos 310, 315 y 316 del Código Procesal Civil y Comercial, que establecen plazos de inactividad procesal. Habiendo transcurrido más de cinco años desde la última actividad útil (11/04/2021 a 14/05/2026) sin que la actora impulse el proceso, se configuró la caducidad de instancia. Se impusieron costas a la parte actora como vencida y no se regularon honorarios al letrado actuante por resultar inoficiosa la labor.

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