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CETTO ROSA SILVIA S/ SUCESION AB-INTESTATO

Se declara la sucesión ab-intestato de Rosa Silvia Cetto, reconociendo como herederos universales a sus tres hijas y su cónyuge Felipe Giarmoli. El tribunal acoge la petición luego de cumplimentarse los requisitos legales de publicación de edictos y acreditación del estado civil de los sucesores.

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Quién demanda: Felipe Giarmoli y sus hijas Paula Carolina Giarmoli y Cetto, Romina Alejandra Giarmoli y Cetto y Julieta Gisela Giarmoli y Cetto, representados por la Dra. Gandini Rosana Beatriz.

¿A quién se demanda?

No existe demandado. Se trata de un proceso sucesorio ab-intestato.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Declaración de herederos y apertura de sucesión ab-intestato por fallecimiento de Rosa Silvia Cetto ocurrido el 25/7/2024.

¿Qué se resolvió?

El Tribunal declaró que por fallecimiento de Rosa Silvia Cetto le suceden en carácter de universales herederos sus tres hijas: Paula Carolina Giarmoli y Cetto, Romina Alejandra Giarmoli y Cetto y Julieta Gisela Giarmoli y Cetto, y su cónyuge Felipe Giarmoli. Fundamentos principales de la decisión: "Que con el certificado de defunción acompañado en fecha 13/4/2026 se acredita el fallecimiento de Rosa Silvia Cetto ocurrido el día 25/7/2024." "Que ésta era de estado civil casada en sus primeras nupcias con Felipe Giarmoli, matrimonio celebrado el día 26/11/1971 conforme se acredita en la presentación electrónica de fecha 13/4/2026." "Que de dicha unión nacieron sus hijas: Paula Carolina Giarmoli el día 8/4/1975, Romina Alejandra Giarmoli el día 19/12/1980 y Julieta Gisela Giarmoli el día 19/1/1983, acreditados en fecha 13/4/2026." "Que por auto de fecha 14/4/2026 se ordenó la apertura del presente sucesorio, mandándose publicar edictos por el término de ley acompañado en el escrito electrónico presentado en fecha 27/5/2026, constando haberse efectuado la publicación de edictos que prescribe el art. 2340 del CCCN y sobre cuyo resultado negativo informa el Actuario verbalmente." "De conformidad con lo solicitado, y lo dispuesto por los arts. 2424, 2426, 2433 y cctes. del Código Civil y Comercial de la Nación aprobado por Ley 26.994 y 735 y cc. del CPCC declárase en cuanto ha lugar, por derecho que por fallecimiento de ROSA SILVIA CETTO le suceden en carácter de universales herederos, sus hijas PAULA CAROLINA GIARMOLI Y CETTO, ROMINA ALEJANDRA GIARMOLI Y CETTO y JULIETA GISELA GIARMOLI Y CETTO y su cónyuge FELIPE GIARMOLI, a quien también se le declara heredar en cuanto a los bienes propios, si los hubiere, sin perjuicio de los derechos que la ley le acuerda con respecto a los gananciales."

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