SERNA MARIA ISABEL S/ SUCESION AB-INTESTATO
Sucesión intestada de María Isabel Serna: el tribunal declaró herederas universales a sus dos hijas. La sentencia reconoció la filiación de María Renée y María Sofía Primavera como sucesoras por derecho propio tras acreditar el fallecimiento de la causante y la publicación de edictos requerida.
Quién demanda: María Renée Primavera y María Sofía Primavera
¿A quién se demanda?
Sucesión de María Isabel Serna (causante fallecida)
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Declaración de herederas universales en la sucesión intestada de María Isabel Serna, fallecida el 1 de agosto de 2024
¿Qué se resolvió?
El Tribunal hizo lugar a la demanda y declaró que María Renée Primavera y María Sofía Primavera son herederas universales de María Isabel Serna, sin perjuicio de terceros. Fundamentos principales de la decisión: "Que con los certificados adjuntos a la demanda, se acreditan los fallecimientos de María Isabel Serna, ocurrido el día 1 de Agosto de 2024." "Que el causante contrajo matrimonio con Nicolás Héctor Primavera en fecha 21 de Diciembre de 1973 de quien se encontraba divorciado según sentencia de divorcio vincular de fecha 5 de Octubre de 1990." "Que de esa unión nacieron María Renée Primavera, el día 23 de Marzo de 1976 y María Sofía Primavera, el día 4 de Julio de 1984." "Que con la constancia de fecha 31/3/2026 consta haberse efectuado la publicación de edictos que prescribe el art. 734 inc. 2 del CPCC, cuyo resultado negativo informa en este acto la Actuaria." El tribunal fundó su decisión en lo dispuesto por los arts. 2424 y 2426 del Código Civil y Comercial y arts. 735 y 737 del CPCC, acreditando la filiación de las herederas y cumpliendo con los requisitos formales de publicidad mediante edictos.
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