Logo

Ordinario por daños y perjuicios: Benítez, Osvaldo Horacio C/ Humana Antonio Pablo de la Cruz y Empresa de Transporte Arco Iris

Padres demandaron al conductor y empresa de transporte público por la muerte de su hija en colisión con motocicleta. La Cámara condenó al conductor del colectivo y a la empresa, rechazando la demanda contra el conductor de la moto por falta de culpa probada. ---

Danos y perjuicios Accidente de transito Responsabilidad civil del transportista Culpa del conductor Perdida de chance Dano moral Responsabilidad objetiva Prioridad de paso Velocidad excesiva Cobertura de seguros. ---

Actor: Clotilde Velázquez y Oscar Peñarrieta Acosta (padres), representados por Dra. Myriham El Jaude. Demandado: Pablo Antonio Alberto de la Cruz Humana (conductor del colectivo), Rómula Ramos (titular del transporte), Osvaldo Horacio Benítez (conductor de motocicleta), Mutual Rivadavia de Seguros del Transporte Público de Pasajeros. Objeto: Indemnización por daños y perjuicios derivados de la muerte de Sandra Noemí Peñarrieta (18 años) en accidente de tránsito del 01/01/2011. Se reclamaba: pérdida de chance, gastos de sepelio, daño moral y daño psicológico. Decisión: SE HACE LUGAR PARCIALMENTE. Se condenó al conductor del colectivo y a la empresa de transporte por daño moral y pérdida de chance, extendiendo los efectos a la aseguradora (readecuando límite de cobertura según Superintendencia de Seguros). Se rechazó demanda contra el conductor de la motocicleta.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

El tribunal consideró probado que el colectivo circulaba a velocidad excesiva en la intersección de ruta nacional 9 con ruta provincial 4, siendo que la motocicleta tenía prioridad de paso habiendo ingresado primero a la boca calle. La sentencia señala: "el colectivo venía a una velocidad que excedía la permitida, embistiendo la motocicleta en la que viajaban la víctima fatal y uno de los demandados, siendo arrastrada por 25,95 metros, mientras el colectivo continuaba frenando." Se descartó culpa del conductor de la moto porque "ninguna prueba de las colectadas permite suponer que su aparición fue abrupta o imprevisible al punto de tener incidencia en la mecánica de los hechos." El tribunal aplicó el régimen de responsabilidad civil objetiva del transportista (art. 1109 Código Civil) y responsabilidad por culpa del conductor por violación a normas de tránsito. ---

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar