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J. I. G.

Se apeló la decisión del Juzgado de Garantías que rechazó la suspensión del juicio a prueba en un caso de lesiones agravadas por violencia de género. El Tribunal de Impugnación confirmó el rechazo, considerando la prohibición legal para este tipo de casos.

Apelacion Casacion Violencia de genero Suspension de juicio a prueba Lesiones agravadas Ley 26485 Derechos de las victimas Procedimiento penal Jurisprudencia.


¿Quién es el actor?

Dr. Rodrigo Palazzo (Defensor de J. I. G.)

¿A quién se demanda?

Tribunal de Garantías Primera Nominación

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Suspensión de juicio a prueba en un caso de lesiones agravadas

¿Qué se resolvió?

SE RECHAZA

¿Cuáles son los fundamentos principales?

El tribunal argumentó que la nueva redacción del artículo 425 del C.P.P. establece que no procederá la suspensión del proceso a prueba en casos de violencia de género, conforme a la ley 26485. Además, se destacó que la relación de pareja entre la denunciante y el imputado no fue discutida, lo que refuerza la solidez de la decisión del tribunal inferior.

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