Bernabeu Esteban Gustavo En J 167.767. OSEP c/ Bernabeu Esteban Gustavo s/ Exclusión Tutela Sindical p/Recurso Extraordinario Provincial
Trabajador sindicalizado demandó la nulidad de la exclusión de tutela sindical ordenada para reducir su jornada laboral de tiempo completo. La Suprema Corte rechazó el recurso y confirmó que la empleadora actuó legítimamente al demostrar que la medida obedecía a reorganización operativa, no a persec
Actor: Esteban Gustavo Bernardeau (empleado de OSEP con tutela sindical vigente) Demandado: Obra Social de Empleados Públicos (OSEP) Objeto: Nulidad de la sentencia que hizo lugar a la exclusión de tutela sindical para finalizar el adicional de tiempo completo (full time) del actor, reduciendo su jornada de 48 a 40 horas semanales. Decisión: SE RECHAZA el recurso extraordinario provincial. Se confirma la sentencia de grado que hizo lugar a la exclusión de tutela sindical solicitada por OSEP.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
El tribunal consideró acertado el análisis de primera instancia, que evaluó la legitimidad del procedimiento de exclusión de tutela sindical. Destacó que la empleadora cumplió correctamente el trámite judicial obligatorio previsto para demostrar que sus medidas se encuentran fundadas en causas ajenas a conducta antisindical. En particular, se verificó que: (1) la reducción horaria fue notificada en junio de 2024, justificada en reorganización operativa, reformulación de tareas, implementación de nuevas tecnologías y modernización de procesos; (2) se mantuvieron la situación de revista y remuneración del trabajador durante el trámite; (3) no existe prueba alguna de intención discriminatoria; (4) el trabajador no cuestionó administrativamente los cambios previos; (5) el juez de cámara realizó análisis probatorio completo (testimonial e instrumental) sin apartarse palmariamente de los hechos. El Superior Tribunal rechazó que existiera arbitrariedad o violación de derechos, caracterizando la pretensión recursiva como "mera discrepancia valorativa" insuficiente en recurso extraordinario provincial.
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