B., E. J. y otro p.ss.aa. Lesiones calificadas por el art. 80
Se reclamó la responsabilidad del imputado E. J. B. por lesiones psíquicas sufridas por A. R. M. debido al acoso laboral de un empleado bajo su mando. El tribunal aprobó un acuerdo resarcitorio entre las partes, extinguiendo la acción penal.
¿Quién es el actor?
A. R. M.
¿A quién se demanda?
E. J. B.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Lesiones calificadas por acoso laboral.
¿Qué se resolvió?
Se hace lugar.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
El tribunal consideró que el acuerdo resarcitorio alcanzado entre las partes, donde E. J. B. reconoce el daño causado y se compromete a una reparación económica, es válido y extingue la acción penal. Se enfatizó la importancia de priorizar los derechos de la víctima y la justicia restaurativa sobre la justicia retributiva.
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