Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires s/ queja por recurso de inconstitucionalidad denegado en Pisano, Caterina contra Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sobre acceso a la información (incluye
El Tribunal Superior de Justicia rechazó la queja interpuesta por el Consejo de la Magistratura contra la sentencia de Cámara que ordenaba brindar información sobre trabajadores contratados en el Poder Judicial, por falta de fundamentación suficiente en el recurso y ausencia de caso constitucional.
Actor: Caterina Pisano Demandado: Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CMCABA) Objeto: Acceso a información pública sobre el número total de trabajadores contratados en el Poder Judicial y el Consejo de la Magistratura (excluyendo TSJ y MP), en el marco de cumplimiento de la Ley 1502 sobre incorporación de personas con discapacidad. Decisión: SE RECHAZA la queja por recurso de inconstitucionalidad denegado.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Cámara de Apelaciones confirmó la sentencia de primera instancia que ordenaba al CMCABA brindar la información solicitada, destacando que "el derecho de acceso a la información debe ser interpretado y resuelto sobre la base de la máxima divulgación que le corresponde al Estado" y que frente a la duda debe orientarse hacia "el otorgamiento suficiente e integral de la información requerida". El Tribunal Superior rechazó la queja porque: (a) los agravios del CMCABA no constituyen una crítica concreta y fundada a los razonamientos de la Cámara; (b) no se configura caso constitucional sino un disenso sobre interpretación de normativa infraconstitucional (Ley 104); (c) la decisión no es arbitraria pues se encuentra debidamente fundada; (d) la presentación no satisface la carga de fundamentación exigible conforme jurisprudencia de la CSJN (Fallos 287:237, 298:84, 302:183, 311:133). Se aplicó que la tacha de arbitrariedad "no tiene por objeto la corrección de fallos equivocados... sino que atiende sólo a supuestos y desaciertos de gravedad extrema".
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: