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Galliano, Marcos Sebastian c/ Banco de la Provincia de Cordoba S.A.

Se reclamó el pago de salarios devengados por un trabajador despedido durante una licencia por enfermedad. El tribunal decidió admitir la demanda, ordenando al banco el pago de salarios desde el 7 de marzo de 2008 hasta el 28 de enero de 2009.

Despido Licencia por enfermedad Salarios devengados Proteccion al trabajador Carga de la prueba In dubio pro operario Jurisprudencia Relacion laboral Indemnizacion Derechos laborales.


¿Quién es el actor?

Marcos Sebastián Galliano

¿A quién se demanda?

Banco de la Provincia de Córdoba S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Salarios devengados tras despido durante licencia por enfermedad

¿Qué se resolvió?

SE HACE LUGAR

¿Cuáles son los fundamentos principales?

El tribunal consideró que el despido se produjo mientras el trabajador estaba con licencia por enfermedad, lo que contraviene el art. 213 de la LCT. Se destacó que "la finalidad del art. 213 de la LCT es proteger al dependiente contra el despido arbitrario durante el período de enfermedad", y se aplicó el principio in dubio pro operario, favoreciendo al trabajador en caso de duda sobre su capacidad laboral.

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