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Riofrio Alonso, Ramiro Andrés c/ ROSARIO BUS S.A. y otros s/ queja por denegación del recurso de inconstitucionalidad

Actor reclama daños por accidente de tránsito contra empresa de transporte, cuestionando la desestimación de la demanda por arbitraria valoración de prueba. La Corte Suprema de Santa Fe admite el recurso de inconstitucionalidad, aunque en disidencia se propone rechazarlo por falta de arbitrariedad d

Responsabilidad civil objetiva Dueno y guardian de la cosa Accidente de transito Danos y perjuicios Valoracion de prueba Arbitrariedad Inconstitucionalidad Ley de defensa del consumidor Contrato de leasing Carga probatoria


¿Quién es el actor?

Ramiro Andrés Riofrío Alfonso

¿A quién se demanda?

Rosario Bus SA y MSM Leasing SA

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Daños y perjuicios por accidente de tránsito; responsabilidad civil por culpa/responsabilidad objetiva como dueño/guardián de la cosa

¿Qué se resolvió?

SE HACE LUGAR (se admite la queja y se concede el recurso de inconstitucionalidad)

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La sentencia de Cámara rechazó la demanda contra Rosario Bus por considerar que: (i) no era titular registral del dominio KAO-096 (pertenecía a MSM Leasing SA); (ii) no existía prueba de que efectivamente explotara el vehículo, particularmente según el informe del Ente de Movilidad; (iii) por tanto, no se acreditaba su posición como guardiana de la cosa conforme art. 1113 CC. El actor interpuso recurso de inconstitucionalidad alegando arbitraria valoración de prueba: omisión de testimonios sobre el color amarillo del colectivo con leyenda "Rosario Bus", admisión del contrato de leasing por MSM Leasing, informe de fojas 305 sobre circulación del vehículo, e inaplicación del art. 53 Ley 24240 (deber de colaboración procesal y presunción contra consumidor). La mayoría sostuvo que prima facie existen planteos serios de inconstitucionalidad que justifican la apertura de esta instancia excepcional. La disidencia rechazó la queja por entender que se trata de mera discrepancia con la valoración probatoria y jurídica efectuada por la Cámara, sin demostración de arbitrariedad: la Sala sí consideró los documentos pero con distinto alcance; el contrato de leasing fue introducido tardíamente; la colaboración procesal no invierte la carga probatoria sino que crea un indicio cuya valoración es función privativa de jueces de mérito.

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