Gómez, Cristina Beatriz c/ Abdala Rioja, Yamile Ester s/ queja por denegación del recurso de inconstitucionalidad
La Corte Suprema de Santa Fe rechazó la queja por denegación del recurso de inconstitucionalidad interpuesto por la locadora contra la sentencia que admitió la demanda de consignación de alquileres, considerando que la impugnante no demostró arbitrariedad sino mero disconformismo interpretativo.
Actor: Gómez, Cristina Beatriz (posteriormente su hijo) contra Abdalarjoja, Yamile Ester Demandado: Abdalarjoja, Yamile Ester (propietaria/locadora) Objeto: Queja por denegación del recurso de inconstitucionalidad contra acuerdo que revocó sentencia de baja instancia y admitió demanda de consignación de alquileres en contrato de locación. Decisión: SE RECHAZA la queja y se declara perdido el depósito para la recurrente.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Corte sostuvo que la postulación recursiva constituye mero disconformismo interpretativo que escapa al ámbito del recurso de inconstitucionalidad. La demandada no demostró que la exégesis de la Cámara "exceda los límites de razonabilidad y logicidad tolerados por el ordenamiento normativo vigente, sin que la compareciente logre demostrar en concreto un supuesto de arbitrariedad." La Cámara fundamentó correctamente su decisión en que: (a) la Carta Documento cumplió con la intimación fehaciente requerida por ley; (b) la cláusula octava del contrato que autorizaba rechazar el pago por deuda de servicios ha sido desautorizada por jurisprudencia consolidada; (c) los pagos fueron íntegros según constancias de la causa; (d) la deuda por servicios no habilita al locador a rechazar injustificadamente el canon locativo. El tribunal aclaró que el locador tiene otras vías: resolver el contrato, desalojar al locatario y cobrar por vía judicial. La Corte reitó que "las cuestiones relativas a la interpretación de normas de derecho y a la valoración de extremos de hecho y prueba, en principio, están reservadas a la decisión de los jueces de la causa" y que el recurso de inconstitucionalidad "no constituye una tercera instancia ordinaria."
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