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Casasola, Franco Emanuel; Delcastillo Curbelo, Diego Ariel; González, Román Oscar; Molina, Maximiliano José y Vázquez, Daniel s/ apelación resolución del 18.02.2025-

Se rechazó la queja por inconstitucionalidad interpuesta contra la resolución que declaró inadmisible el recurso de apelación deducido por la defensa de cinco imputados por perturbación de sesiones legislativas y daño agravado, por no reunir la decisión cuestionada el requisito de definitividad requ

Recurso de inconstitucionalidad Definitividad de sentencia Medidas investigativas Nulidad de actuaciones procesales Gravamen irreparable Derecho a jurisdiccion Perturbacion de sesiones legislativas.

Actor: Román Oscar González, Maximiliano Molina, Diego Del Castillo Curbelo, Daniel Vázquez y Franco Casasola (por representación técnica). Demandado: Estado Provincial (Magistrado del Colegio de Jueces Penales de Segunda Instancia de Santa Fe). Objeto: Recurso de inconstitucionalidad contra resolución que declaró inadmisible la apelación presentada contra el rechazo de planteos de invalidez de medidas investigativas, detenciones, audiencias imputativas y orden de apertura de teléfonos celulares; también contra el rechazo de sobreseimiento. Decisión: SE RECHAZA la queja por inconstitucionalidad.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Corte Suprema de Justicia de Santa Fe aplicó el artículo 1 de la ley 7055, que establece que el recurso de inconstitucionalidad procede contra sentencias definitivas o autos que pongan término al pleito o hagan imposible su continuación. El tribunal consideró que la resolución cuestionada no reúne el carácter de definitiva, ya que "las resoluciones cuya consecuencia es la obligación de seguir sometido a proceso criminal no constituyen sentencia definitiva, pues no ponen fin al proceso ni impiden su continuación". Asimismo, rechazó la invocación de excepciones a esta regla, entendiendo que no se acreditó un gravamen irreparable que justificara flexibilizar el requisito formal. Con respecto a los agravios laborales (supuesta imposibilidad de "titularizar cargos docentes"), la Corte consideró que la invocación "desde un plano meramente abstracto" no persuade de una veda concreta al ejercicio profesional. Tampoco se evidenció restricción a la libertad personal, toda vez que se fijaron medidas alternativas a la prisión preventiva.

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