M., J. A. s/ delitos contra la integridad sexual - apelación defensa-
Se rechazó la queja por denegación del recurso de inconstitucionalidad interpuesto por la defensa de J.A.M. contra la confirmación de la realización del debate oral en causa por delitos contra la integridad sexual, por falta del requisito de definitividad exigido por la ley 7055.
Actor: J.A.M. (imputado, a través de su defensa técnica) Demandado: Estado (representado por el Tribunal del Colegio de Jueces Penales de Segunda Instancia) Objeto: Control de constitucionalidad de resolución que rechazó el planteo de invalidación absoluta del proceso en los términos del artículo 248 del Código Procesal Penal, invocando pérdida de prueba (teléfono celular) y cuatro años de inactividad procesal. Decisión: SE RECHAZA
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Corte Suprema de Justicia de Santa Fe rechazó la queja por falta del requisito esencial de admisibilidad del recurso de inconstitucionalidad: la definitividad de la decisión cuestionada. Conforme al artículo 1 de la ley 7055, el recurso procede contra sentencias definitivas o autos equiparables, esto es, resoluciones que causen "un gravamen de imposible o insuficiente reparación ulterior". El tribunal señaló que "las resoluciones cuya consecuencia es la obligación de seguir sometido a proceso criminal no constituyen sentencia definitiva, pues no ponen fin al proceso ni impiden su continuación" (citando jurisprudencia pacífica: A. y S. T. 159, pág. 28; Fallos 308:1667; 310:1486; entre otros). La defensa no acreditó ninguna de las excepciones reconocidas jurisprudencialmente —como restricción a la libertad del imputado o veda al ejercicio profesional— que habilitaría a superar la ausencia del recaudo de admisibilidad. El tribunal concluyó que tampoco puede descartarse que el fallo final sea absolutorio, en cuyo caso los agravios podrían traerse por vía del recurso extraordinario contra la sentencia definitiva.
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