Barniquel, Carlos Damián c/ Provincia de Santa Fe s/ recurso de inconstitucionalidad (concedido por la Cámara)
Jubilado policial impugna la reducción automática del 20% en su haber previsional alegando incumplimiento de la jurisprudencia sobre movilidad. La Corte Suprema de Santa Fe anuló la sentencia de Cámara por arbitraria, al diferir a ejecución decisiones sobre aplicación de coeficientes sectoriales que
Actor: Carlos Damián Vicente Barniquel Demandado: Provincia de Santa Fe (a través de su Caja de Jubilaciones y Pensiones) Objeto: Nulidad de decreto 2170/21 y reajuste de haber previsional con pago de retroactivos, intereses y costas. Cuestión de movilidad de haberes jubilatorios bajo régimen de ley 6915 y aplicación de criterios de razonable proporcionalidad. Decisión: SE HACE LUGAR parcialmente — Se anula la sentencia de Cámara por arbitraria y se ordena nuevo pronunciamiento que resuelva en sentencia (no en ejecución) las cuestiones sobre aplicación de coeficientes sectoriales y razonable proporcionalidad.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Corte establece que en materia de movilidad previsional existen dos operaciones jurídicamente distintas que deben resolverse en sentencia, no diferirse a ejecución: (i) verificar si fueron respetadas las reglas de movilidad legal establecidas por el legislador; (ii) corregir eventuales rupturas de razonable proporcionalidad entre la prestación del pasivo y lo que hubiera percibido en actividad. La sentencia cuestionada incurrió en arbitrariedad al ordenar una "nueva liquidación" posterior sin resolver previamente estas cuestiones de mérito. Como expresa el fallo: "Dicha orden de verificar posteriormente la aplicación de los coeficientes sectoriales... torna arbitrario al pronunciamiento cuestionado". La Corte destaca que "si ambas pretensiones se hallan incluidas en la demanda del caso, el Tribunal debe evaluar la procedencia de cada una de manera independiente al dictar sentencia, lo que implica, entonces, que esa decisión no pueda diferirse a la etapa de ejecución del pronunciamiento".
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