FRANCUCCI, SERGIO c/ DIRECCION PROVINCIAL DE VIALIDAD (DPV) s/ AVOCACION (ART. 2, LEY 11.330)
Los actores solicitaron la suspensión de una obra pública en la Ruta Nacional N° 19, argumentando riesgos para la comunidad. El tribunal decidió que la competencia para resolver el caso corresponde a la Cámara de lo Contencioso Administrativo.
¿Quién es el actor?
Sergio Francucci y otros
¿A quién se demanda?
Dirección Provincial de Vialidad
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Suspensión de obra pública y modificación de traza
¿Qué se resolvió?
SE RECHAZA
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Dirección Provincial de Vialidad argumentó que el amparo no era procedente, ya que la materia es de naturaleza administrativa y debe ser tratada por la Cámara de lo Contencioso Administrativo. Se destacó que los actores no acreditaron perjuicios irreparables ni urgencia que justifique el uso de la vía de amparo, lo que evidencia que la cuestión debe ser resuelta por un tribunal especializado.
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