R. A. A. S/ INCIDENTE DE LIBERTAD CONDICIONAL EN CAUSA 12363 IPP 03-04-000738-14 UFIJ 8 (J.E.P. 20968)
El penado condenado por homicidio agravado interpuso recurso de apelación contra la negación de libertad condicional. La Cámara confirmó la denegatoria por falta de pronóstico reinsertivo favorable, considerando las reservas psicológicas latentes y la problemática adictiva no completamente superada.
Quién demanda: Ramirez Alexis Ariel (penado), a través de su Defensora Oficial Dra. Olindi Huespi.
¿A quién se demanda?
Al Juzgado de Ejecución Penal (recurso contra resolución del Dr. Matías Zabaljauregui de fecha 5 de mayo que denegó la libertad condicional).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
La concesión de libertad condicional conforme lo establecido en el art. 13 del Código Penal. El penado fue condenado el 9 de diciembre de 2014 por homicidio agravado por empleo de arma de fuego a doce (12) años de prisión, con vencimiento fijado al 30 de setiembre de 2027. Cumplía con los requisitos temporales y carecía de reincidencia.
¿Qué se resolvió?
La Cámara rechazó el recurso de apelación y confirmó la resolución que deniega la libertad condicional.
Fundamentos principales:
"Llegado este punto debo señalar que en autos el Sr. Juez de Ejecución resuelve, pese a la conveniencia manifestada por el DTC de la Unidad Penal VI, denegar la libertad condicional del condenado, fundando su decisión en el análisis integral de los diversos informes realizados respecto del penado de marras. A esta altura debo señalar que continúan evidenciándose reservas desde el aspecto psicológico recomendado los profesionales la continuidad del tratamiento mientras que dure el encierro."
"En efecto, desde el plano psicológico, la profesional interviniente señala que si bien el interno logra abordar las distintas temáticas trabajadas, lo hace mediante un discurso inexpresivo y superficial, pudiendo inferirse una fallida internalización de pautas y valores, destacando que la presente no sería la primera condena que atraviesa, y que tempranamente se inició en la ingesta de sustancias nocivas hasta desarrollar una problemática adictiva -politoxicomanías
- de difícil tramitación, con repercusión en varios hechos transgresores, señalándose la interrupción de tratamientos efectuados tanto dentro como fuera de la institución penitenciaria que propiciaron consecuentes recaídas, siendo necesaria la permanencia en el espacio psicoterapéutico."
"Claramente entonces entiendo que no se cuenta por el momento con un pronóstico reinsertivo favorable, por las notas apuntadas teniendo en cuenta ademas su problemática adictiva latente la cual expone que habría superado. No podemos perder de vista tampoco el ilícito por el cual resulto condenado al haber atentado el mismo contra la vida ajena. Deberá continuar el penado haciendo uso de las herramientas tratamentales que le brinda el sistema a fin de continuar preparándose para el medio libre."
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