Logo

PERTUSSIO HORACIO DOMINGO C/ D`ANGELO HECTOR UBALDO S/COBRO EJECUTIVO DE ALQUILERES

Actor apela sentencia de cobro ejecutivo de alquileres por cuestionar la tasa de intereses compensatorios y la morigeración contractual del 2% mensual. La Cámara confirma la sentencia y modifica los intereses compensatorios a intereses moratorios, rechazando la apelación por deficiencia en la fundamentación del recurso.

Cobro ejecutivo de alquileres Intereses moratorios Tasa pasiva Deficiencia de fundamentacion Recurso de apelacion Iura novit curia Morigeracion de intereses Carga procesal Expresion de agravios Capital $59.719

Quién demanda: Pertussio Horacio Domingo

¿A quién se demanda?

D'Angelo Héctor Ubaldo

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Cobro ejecutivo de alquileres por capital de $59.719 más intereses compensatorios desde la mora de cada uno de los períodos vencidos y adeudados hasta el pago efectivo.

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia de fecha 27/8/25, pero modificó la naturaleza de los intereses, cambiándolos de compensatorios a moratorios, conforme a la tasa pasiva del plazo fijo digital que paga el Banco Provincia de Buenos Aires en sus operaciones de depósitos a plazo fijo a treinta días. Se rechazó la apelación del demandante por insuficiencia en la fundamentación del recurso. Fundamentos principales: "En relación al agravio sobre la fijación de los intereses compensatorios a la tasa pasiva, se hace saber que, sin perjuicios de las manifestaciones esgrimidas por el apelante, solo corresponden intereses compensatorios para el caso de préstamos dinerarios, por el uso de un capital, situación que no ocurre en este caso en el cual el objeto del juicio es un cobro ejecutivo de alquileres. Por ello haciendo uso del principio de 'Iura novit curia' entendiendo que dichos intereses están mal conceptualizados, corresponde modificar los mismos debiendo fijarse intereses moratorios de acuerdo a la tasa pasiva del plazo fijo digital que paga el Bco de la Pcia de Bs As en sus operaciones de depósitos a plazo fijo a treinta días." El Tribunal enfatizó la exigencia de fundamentación suficiente en los recursos de apelación: "la expresión de agravios supone, como carga procesal, una exposición jurídica en la que mediante el análisis razonado y crítico del fallo impugnado se evidencie su injusticia. Requiere entonces, una articulación seria, fundada, concreta y objetiva de los errores de la sentencia punto por punto y una demostración de los motivos para considerar que ella es errónea, injusta o contraria a derecho." La Cámara concluyó que "de la lectura de la insuficiente fundamentación del apelante, se aprecia una disconformidad con lo resuelto en la anterior instancia, limitándose a afirmar genéricamente que el aquo incurrió en un error de interpretación y aplicación de derecho, sin señalar en qué medida concreta y precisa sería contraria a derecho la morigeración que hace el juez." En relación a los intereses contractuales, el Tribunal precisó: "el carácter del Tribunal, lo es de revisor de lo decidido en la instancia anterior y no renovador de lo actuado y resuelto, de donde, se requiere excitación del interesado (mediante la fundamentación del memorial), para poder cumplir su misión."

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar