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HURTADO EDGAR ADRIAN C/DIRECCIÓN GENERAL DE CULTURA Y EDUCACIÓN DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES S/ FIJACION HONORARIOS EXTRAJUDICIALES

El letrado Hurtado Edgar Adrian promovió demanda por regulación de honorarios profesionales por su actuación en un expediente administrativo de rechazo de contingencia AT/EP ante la Comisión Médica. El Tribunal hizo lugar a la pretensión y reguló los honorarios en diez (10) JUS equivalentes a pesos 497.500, considerando el resultado exitoso obtenido en la reversión del dictamen de la A.R.T.

Regulacion de honorarios Actuacion administrativo Contingencia at/ep Comision medica Ley 14.967 Sentencia favorable Rechazo de a.r.t. Arancelario profesional Jus Actuacion extrajudicial

Quién demanda: Doctor Hurtado Edgar Adrian, por derecho propio con patrocinio letrado del Doctor Rodrigo Fernando Durand.

¿A quién se demanda?

Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Regulación de honorarios profesionales por su actuación como letrado patrocinante de la Señora Perez Mariana Leonor en el expediente S.R.T. Nº 501755/24 (sobre rechazo de contingencia AT/EP), tramitado ante la Comisión Médica 373 de Quilmes. Se solicita la aplicación de la regla del artículo 21 de la Ley 14.967, conforme lo dispuesto por el artículo 44 inciso 1° de dicha ley.

¿Qué se resolvió?

El Tribunal hizo lugar a la pretensión regulatoria y reguló los honorarios profesionales del Doctor Hurtado Edgar Adrian en la suma de diez (10) JUS arancelarios, equivalentes a pesos CUATROCIENTOS NOVENTA Y SIETE MIL QUINIENTOS ($497.500), con más el 10% de aportes de ley y el 21% del IVA en caso de corresponder. Se impusieron las costas por su orden. Fundamentos principales de la decisión: "Que atendiendo lo actuado en el expediente administrativo Nº 501755/24 (sobre rechazo de contingencia AT/EP) de conformidad con lo que se desprende de dichas actuaciones administrativas y conforme lo dispuesto por el último párrafo del artículo 1º de la Ley 27.348, el artículo 37 de la Resolución Nº 298/17 de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo y su similar 2 inciso h) de la Ley 15.057, considero que corresponde hacer lugar a la regulación de honorarios solicitada, toda vez que dichas actuaciones fueron iniciadas con el fin de revertir el dictamen médico emitido por la A.R.T. accionada, pretensión ésta, que tuvo favorable acogida, siendo que conforme dictamen médico de Comisión Médica se concluye y dictamina que se reconoce con carácter profesional la contingencia denunciada por la trabajadora, revirtiendo de ésta forma lo dictaminado por la A.R.T. accionada." "En razón de ello, a los fines de establecer y cuantificar la regulación de honorarios de abogados por su actuación profesional en un asunto judicial o extrajudicial, corresponde aplicar la ley arancelaria local N° 14.967. En tal sentido, el artículo 44 inciso b) de la ley 14.967 dispone que 'En las acciones y peticiones de carácter administrativo, los honorarios se regularán en función de las siguientes reglas: (b) Actuaciones ante organismos de la administración pública, centralizada o descentralizada, los honorarios se regularán de conformidad a lo dispuesto en el inciso anterior, aplicándose en lo pertinente el procedimiento establecido en el segundo párrafo del artículo 55. Se aplicará la escala del artículo 21 reducida en un veinticinco (25) por ciento'." "Que en el caso de autos, el accionante actuó en sede administrativa patrocinando a la señora Perez Mariana Leonor con motivo de un trámite administrativo por rechazo de contingencia AT/EP obteniendo como resultado por parte de la Comisión Médica que se reconocía el carácter profesional la contingencia denunciada por la trabajadora, revirtiendo de ésta forma lo dictaminado por la A.R.T. accionada. De tal modo, el reclamo no resulta ser susceptible de apreciación pecuniaria. Ahora bien, no obstante ello, los trabajos desarrollados por el letrado accionante han sido de significativa trascendencia, ya que, conforme quedó establecido precedentemente, se logró el fin encomendado, resultando las tareas claramente exitosas."

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