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FOSSATI JONATHAN HERNÁN C/ GONZALEZ HECTOR JOSE y otro/a S/ DESPIDO

Homologación de transacción en demanda por despido. El Tribunal del Trabajo hizo lugar a la homologación de la transacción celebrada entre las partes el 22/4/2026, dando por terminado el litigio conforme a los términos pactados por ambas partes.

Homologacion de transaccion Despido Voluntad de las partes Regulacion de honorarios Juicio laboral Justa composicion de derechos Costas procesales Efectivizacion de pagos Acta de audiencia Finalizacion de litigio.

¿Qué se resolvió en el fallo?

Quién demanda (Actor): Fossati Jonathan Hernán A quién se demanda (Demandado): Héctor José González y otro/a Qué se reclama (Objeto de la demanda): Demanda por despido. Las partes celebraron transacción para dar por terminado el litigio. Qué se resolvió (Decisión del tribunal): El Tribunal del Trabajo N° 1 del Departamento Judicial Dolores homologó la transacción celebrada por las partes en acta de audiencia de fecha 22/4/2026, dando por terminado el juicio conforme a los términos pactados. Se impusieron costas a la demandada, se regularon honorarios profesionales y se establecieron condiciones para la efectivización de los pagos. Fundamentos principales de la decisión: El Dr. Laborde fundamentó su voto expresando: "La citada transacción ha sido celebrada por las partes plenamente capaces, en ejercicio de su voluntad expresada libremente, no teniendo la misma a la vez por objeto un título nulo ni contraria leyes de orden público (arts. 12 y 15 ley 20744, 308 del CPCC.) y 'se ha alcanzado en la misma una justa composición de los derechos e intereses de las partes'". Asimismo sostuvo: "Teniendo en cuenta que la homologación es la confirmación que da el Juez a ciertos actos y convenciones para hacerlas así más 'firmes', 'ejecutivas', 'solemnes', entiendo que corresponde homologar la transacción celebrada por las partes y por medio de la cual dan por terminado el presente juicio, en la forma y condiciones que lo han estipulado y que documenta el acta de audiencia de fecha 22/4/2026 cuyas cláusulas se deben tener por reproducidas." Los doctores Hernández y Quezada adhirieron a los fundamentos del Dr. Laborde por compartirlos, votando en igual sentido por unanimidad. El Tribunal dispuso que hasta tanto la actora no denuncie datos de cuenta bancaria, el plazo para el pago del capital convenido se encuentra suspendido. Reguló honorarios: 9,04 Jus para los doctores Jesica Beatriz Rampazzo y Mariano Bordachar (apoderados de la actora) y 18,09 Jus para Andrea De Los Angeles Macchi (apoderada de la demandada), más los porcentajes legales correspondientes. Impuso costas a Héctor José González e intimó a la demandada a abonar tasa y sobretasa de justicia por $99.000,00 y $4.950,00 respectivamente en el término de diez días.

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