TOVAR DARBISI ABRAHAN DE JESUS y otro/a C/ ESQUINA 3 S.A. y otros S/ DESPIDO
El actor promovió demanda por despido contra Esquina 3 S.A. y otros, llegando a una transacción que fue presentada para su homologación. El Tribunal del Trabajo homologó la transacción celebrada por las partes, reguló los honorarios de los profesionales intervinientes y estableció condiciones específicas para la efectivización de los pagos.
Quién demanda: TOVAR DARBISI ABRAHAN DE JESUS Y OTRO/A
¿A quién se demanda?
ESQUINA 3 S.A.; IGNACIO TOMAS BIANCHI; JUAN FRANCISCO POLITI; JUAN IGNACIO POLITI
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Cuestión de despido. Las partes celebraron una transacción para resolver el conflicto y solicitaron su homologación judicial.
¿Qué se resolvió?
El Tribunal resolvió homologar la transacción celebrada por las partes mediante escrito del 11/5/26, dando por terminado el juicio en los términos y condiciones estipulados por los litigantes. Fundamentos principales de la decisión: El Dr. Laborde fundamentó su voto señalando: "La citada transacción ha sido celebrada por las partes plenamente capaces, en ejercicio de su voluntad expresada libremente, no teniendo la misma a la vez por objeto un título nulo ni contraria leyes de orden público (arts. 12 y 15 ley 20744, 308 del CPCC.) y se ha alcanzado en la misma una justa composición de los derechos e intereses de las partes". Asimismo, el magistrado sostuvo que "la homologación es la confirmación que da el Juez a ciertos actos y convenciones para hacerlas así más firmes, ejecutivas, solemnes" y que en consecuencia correspondía homologar la transacción celebrada por las partes por medio de la cual dan por terminado el presente juicio, en la forma y condiciones que lo han estipulado. Se regularon los honorarios de los letrados: Leonardo Alfredo Abdala (apoderado de la actora) en 60,30 Jus, y Alfonso Eduardo Speciale (apoderado de la demandada) en 30,15 Jus. Asimismo, se fijaron los honorarios de los peritos: contador María Julieta Peirano en $ 750.000 y perito calígrafa Oficial María Gabriela Iturmendi en $ 450.000. Las costas fueron impuestas a las partes demandadas. Se establecieron condiciones específicas para la efectivización de los pagos, exigiendo que la actora denuncie una cuenta bancaria de su exclusiva titularidad y que los depósitos se realicen mediante transferencia bancaria directa, con justificación de cancelación dentro de los cinco días. Los Doctores Quezada y Hernández adhirieron a los fundamentos del Dr. Laborde, votando en igual sentido por unanimidad.
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