OROÑO MARTINA CELESTE C/ ACEVEDO FEDERICO MARIANO S/ DIFERENCIAS SALARIALES
Demanda por diferencias salariales resuelta mediante acuerdo homologado. El Tribunal homologó el convenio celebrado entre las partes por la suma de $3.000.000, considerando que no vulnera principios de orden público y constituye una justa composición de derechos e intereses.
Quién demanda: Oroño Martina Celeste
¿A quién se demanda?
Acevedo Federico Mariano
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Diferencias salariales
¿Qué se resolvió?
El Tribunal homologó el convenio celebrado entre las partes por la suma de PESOS TRES MILLONES ($3.000.000), conforme las pautas establecidas respecto al monto y forma de pago, con costas a cargo de la demandada. Fundamentos principales de la decisión: El Dr. Such expresó que "el acuerdo celebrado entre las partes no vulnera ningún principio de orden público, constituyendo una justa composición de los derechos e intereses de las partes y de la controversia traída a decisión de este órgano jurisdiccional, conforme lo dispuesto en el art. 15 de la LCT." Asimismo, sostuvo que "a esto debe agregarse también lo normado por el art. 30 de la ley del fuero que estipula que '...en cualquier estado del proceso, las partes también podrán conciliar el juicio mediante presentación escrita del acuerdo para su homologación (...) La homologación producirá los efectos de cosa juzgada'." El tribunal concluyó que "siendo entonces la conciliación uno de los modos posibles de finalizar el juicio (conf. art. 309 CPCC), corresponde homologar el convenio arribado entre las partes." Las Juezas Lombardi y Germano adhirieron al voto precedente. Se rechazó el pedido de eximición del pago de la tasa de justicia "atento el estado procesal de las actuaciones (art. 25 ley 15057)". Se regularon además los honorarios del abogado Martín Miguel Percaz en $600.000; del abogado Fernando Diego Sebastián en 6 JUS; y del perito contador Sergio Osvaldo Redondas en $60.000.
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