Logo

ZAMORANO JUAN JOSE C/ DOSISTO JUAN CARLOS ANGEL S/ DESPIDO

El actor Juan José Zamorano promovió demanda por despido contra Juan Carlos Angel Dosisto. El Tribunal homologó la transacción celebrada entre las partes por la suma de $1.500.000 en concepto único, total y definitivo, dando por concluido el juicio.

Transaccion laboral Homologacion Despido Conciliacion Indemnizacion $1.500.000 Economia procesal Pago directo Ley de contrato de trabajo Ley 6.716

Quién demanda: Juan José Zamorano (actor)

¿A quién se demanda?

Juan Carlos Angel Dosisto (demandado)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamo por despido (sin que el acuerdo implique reconocimiento de los hechos, derechos ni la relación laboral invocada por el actor)

¿Qué se resolvió?

El Tribunal homologó la transacción celebrada entre las partes mediante escrito electrónico de fecha 27/04/2026, dando por concluido el juicio. Fundamentos principales de la decisión: El voto de la Jueza Dra. María Clarisa Baldoni fundamentó la decisión señalando: "Que la referida Transacción es una manifestación bilateral de voluntades que no afecta el orden público y que en tal caso se ha alcanzado una justa composición de los derechos e intereses de las partes conforme lo dispone el art. 15 de la L.C.T." Asimismo, sostuvo: "Que atento a ello y lo prescripto por los Arts. 1.641; 1.643 y 1.644 del Código Civil y Comercial, con el alcance del art. 1.642 del citado código y art. 15 de la L.C.T., entiendo que, previo cumplimiento de lo dispuesto por el art. 20 de la ley 6716, debe hacerse lugar a la homologación solicitada, dando por concluido el juicio." La transacción contempla: "No obstante las posturas disimiles expuestas por las partes, sin que el presente acuerdo implique reconocimiento de los hechos ni del derecho, ni la relación laboral que invoca el accionante, o la existencia de deuda alguna, únicamente a los fines conciliatorios y a los efectos de poner fin al conflicto existente entre las partes, el Sr. JUAN CARLOS DOSISTO abonará al actor JUAN JOSE ZAMORANO y éste acepta, la suma única, total y definitiva de PESOS UN MILLON QUINIENTOS MIL ($ 1.500.000), por todos los rubros y montos reclamados en demanda, y cualquier otro de cualquier naturaleza o concepto." El Tribunal estableció que el pago deberá efectuarse mediante transferencia bancaria a la cuenta del actor en el plazo de 20 días desde la homologación, bajo apercibimiento de que la falta de pago produciría mora automática con una tasa de "una vez y media de la tasa de restantes operaciones del Banco de la Provincia de Buenos Aires." Se ordenó que todo pago que no cumpla con lo indicado será nulo de pleno derecho conforme art. 277 LCT. El Juez Dr. Mauro Adrián Rodríguez adhirió a los fundamentos expresados. El Juez Dr. Roberto Martín Yannibelli prestó adhesión al voto inaugural dejando a salvo su opinión personal vinculada a la forma en que deben estipendiarse los honorarios profesionales.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar