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PALUMBO GUSTAVO DANIEL S/ DETERMINACION DE LA CAPACIDAD JURIDICA

Se resolvió mantener la restricción de capacidad jurídica de Gustavo Daniel Palumbo por trastorno del desarrollo intelectual severo. El Tribunal confirmó la curaduría definitiva a cargo de su padre y dispuso la inhibición general de bienes del causante, con revisión de la sentencia en tres años.

1. determinacion de capacidad juridica 2. trastorno del desarrollo intelectual severo 3. restriccion de capacidad 4. curaduria definitiva 5. modelo social de discapacidad 6. convencion sobre derechos de personas con discapacidad 7. inhibicion de bienes 8. persona de apoyo 9. articulo 43 cccn 10. revision periodica (tres anos)

Quién demanda: La Asesoría de Incapaces N°3 de la Provincia de Buenos Aires (proceso de jurisdicción voluntaria).

¿A quién se demanda?

Gustavo Daniel Palumbo (DNI 16.964.156).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Determinación de la capacidad jurídica y mantenimiento de restricciones sobre la capacidad del causante, con confirmación de la curaduría existente.

¿Qué se resolvió?

El Tribunal RESOLVIÓ mantener la restricción de la capacidad jurídica de Gustavo Daniel Palumbo, confirmando la curaduría definitiva a cargo de Victor Hugo Palumbo (su padre, DNI 14.905.999), manteniendo asimismo el apoyo de su madre Marta Inés Fortín para cuestiones de salud, actividades recreativas y acompañamiento en relaciones sociales. Se decretó la inhibición general de bienes sin límite de caducidad ante el Registro de Propiedad Automotor y de la Provincia de Buenos Aires, con revisión de la sentencia a los tres años. Fundamentos principales de la decisión: El Tribunal sostuvo preliminarmente que "la CDPD se constituye como el primer tratado de consenso universal que importa la especificación concreta de los derechos de las personas con discapacidad desde la perspectiva de derechos humanos, que adopta el modelo social de la discapacidad. Este modelo importa un giro trascendental en la condición de las personas con discapacidad ya que deja de considerarlas portadoras de una patología que las 'discapacita' y ubica 'el problema' en el escenario social, inadecuadamente preparado para el pleno desarrollo de la persona con discapacidad" (citando a Marisa Herrera, Gustavo Caramelo, Sebastián Picasso, Código Civil y Comercial de la Nación Comentado). En consecuencia con lo dictaminado por las peritos médicas (psiquiatra y psicóloga), y habiendo tomado contacto directo con el causante conforme lo dispone el artículo 627 del Código Procesal Civil y Comercial de la Provincia de Buenos Aires, el Tribunal resolvió "mantener la restricción de la capacidad del señor Palumbo Gustavo Daniel DNI Nº 16.964.156 por padecer un trastorno del desarrollo intelectual de grado severo, lo que comporta una causa legal para limitar su capacidad, por carecer de plena aptitud para dirigir su persona, dejándose constancia que continúa con la imposibilidad de realizar actos de la vida civil." La curaduría se mantiene bajo los términos del artículo 43 del Código Civil y Comercial de la Nación, estableciéndose que la sentencia será revisada a los tres años.

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