COSACOV MARCOS EMANUEL Y OTRO/A C/ CONSTRUCCIONES HARAS DEL SUR S.A S/DAÑOS Y PERJUICIOS INCUMPLIMIENTO CONTRACTUAL
Los actores promovieron demanda por daños y perjuicios derivados de incumplimiento contractual. El Tribunal hizo lugar parcialmente a la aclaratoria interpuesta, corrigiendo el monto indemnizatorio de U$S 50.112,80 a U$S 80.112,80 respecto de la privación del uso de la propiedad.
Quién demanda: Cosacov Marcos Emanuel y otro/a
¿A quién se demanda?
Construcciones Haras del Sur S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Daños y perjuicios por incumplimiento contractual, específicamente por privación del uso de un bien inmueble.
¿Qué se resolvió?
El Tribunal hizo lugar parcialmente a la aclaratoria interpuesta por la parte actora. Se modificó el monto de la indemnización, corrigiendo la cifra de U$S 50.112,80 a U$S 80.112,80. Respecto de la segunda aclaratoria, se rechazó, confirmando que el cálculo del rubro "B) Privación del uso de la propiedad" fue realizado correctamente.
Fundamentos principales de la decisión:
"En atención a lo pedido en primer lugar y lo normado por el art. 166 inc. 2º del C.P.C., siendo exacto lo expuesto, aclárase la sentencia dictada en autos, en el sentido que donde se lee 'La demanda prospera por la suma de DOLARES ESTADOUNIDENSES OCHENTA MIL CIENTO DOCE CON OCHENTA CENTAVOS DE DOLAR (U$S 50.112,80)'..., deberá leerse de ahora en más 'La demanda prospera por la suma de DOLARES ESTADOUNIDENSES OCHENTA MIL CIENTO DOCE CON OCHENTA CENTAVOS DE DOLAR (U$S 80.112,80)'..."
"Respecto de la aclaratoria pretendida en segundo lugar, se hace saber que la sentencia definitiva de fecha 08/05/2026 en el considerando 4, en relación al rubro 'B) Privación del uso de la propiedad', es clara atento que el valor locativo mensual de mercado del bien inmueble de autos a la fecha de presentación de la pericia
- 20/02/2024
- estimado en $1.500.000, fue tomado en cuenta, de conformidad con las reglas de la sana crítica, a fin de ser considerado a la fecha del hecho
- lapso de tiempo durante el cual los actores no pudieron disponer del bien inmueble, esto es, del 31/07/2019 al 11/09/2021."
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: