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Se declaró la caducidad de instancia en un proceso de ejecución tras vencimiento del plazo legal sin impulso procesal. El Tribunal hizo lugar al incidente y ordenó el archivo de las actuaciones.

Caducidad de instancia Proceso de ejecucion Impulso procesal Inactividad procesal Articulos 310 315 y 316 cpcc Costas procesales Archivo de actuaciones Intimacion previa Ley 13.986.

Quién demanda: Parte ejecutante (demandante en proceso de ejecución).

¿A quién se demanda?

No especificado en el documento.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Se trata de un incidente de caducidad de instancia promovido de oficio por el Tribunal.

¿Qué se resolvió?

El Tribunal declaró la caducidad de instancia en las actuaciones y ordenó el archivo de las mismas, imponiendo las costas a la parte ejecutante en su calidad de vencida. Fundamentos principales de la decisión: El Tribunal constató que la última actividad procesal útil a los efectos de impulsar el proceso se registró en fecha 14 de marzo de 2018. Tras la intimación previa prevista en el artículo 315 del Código Procesal Civil y Comercial (conforme ley 13.986), la parte ejecutante impulsó debidamente el proceso mediante presentación de fecha 17 de noviembre de 2025. Sin embargo, desde el día 11 de diciembre de 2025 transcurrió nuevamente el plazo de caducidad previsto para el trámite de las presentes actuaciones (art. 310 del CPCC
- texto según ley 13.986), sin que fuera necesaria una nueva intimación. En consecuencia, el Tribunal declaró procedente la caducidad de instancia conforme a los artículos 310, 315 y 316 del CPCC.

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