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RECOUSO MARIA CARMEN S/ SUCESION AB-INTESTATO

Declaratoria de herederos en sucesión ab-intestato de María Carmen Recouso. El Tribunal declaró herederos universales a los sobrinos Andrea Esther Recouso, Carlos Antonio Recouso y Leonardo Daniel Recouso, por ser descendientes del hermano premuerto Carlos Recouso. ---

1. sucesion ab-intestato 2. declaratoria de herederos 3. estado civil soltera 4. orden sucesorio 5. sobrinos herederos 6. representacion hereditaria 7. causante fallecida 8. jurisdiccion voluntaria 9. derechos hereditarios 10. procedimiento sucesorio

Quién demanda: El procedimiento sucesorio ab-intestato de María Carmen Recouso, solicitante de declaratoria de herederos.

¿A quién se demanda?

Sin demandado. Es un proceso de jurisdicción voluntaria.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Declaratoria de herederos ab-intestato de María Carmen Recouso (LC 1.015.383), fallecida el 18 de marzo de 2018 en Mar del Plata.

¿Qué se resolvió?

El Tribunal declaró que por el fallecimiento de María Carmen Recouso le suceden en carácter de universales herederos sus sobrinos: Andrea Esther Recouso, Carlos Antonio Recouso y Leonardo Daniel Recouso (en representación de su padre premuerto Carlos Recouso). Fundamentos principales de la decisión: El Tribunal fundamentó su resolución en los siguientes aspectos: "Que con el certificado de defunción adjuntado en formato pdf con fecha 19/11/2025 se acredita el fallecimiento de RECOUSO, MARIA CARMEN (LC 1.015.383) ocurrido el 18 de Marzo de 2018 en la ciudad de Mar del Plata." "Que la causante era de estado civil soltera y no tuvo descendencia, conforme se denuncio oportunamente en autos." "Que de la unión en matrimonio de Antonio Recouso y Luisa Camila Concaro, nacieron la causante de autos María Carmen Recouso, el día 16 de Octubre de 1920, Luisa Elena Recouso, el día 16 de Octubre de 2021 y el Sr. Carlos Recouso, el día 18 de Enero de 1942, conforme surge de los certificados de nacimiento adjuntos en autos." "Que conforme según constancia de los autos antes citados se acredita que el Sr. Carlos Recouso falleció el día 9 de Febrero de 2012 y la Sra. Luisa Elena Recouso el día 4 de Junio de 2010, ambos con anterioridad a la causante pero esta última sin descendencia." "Que del informe actuarial expedido el día 11/05/2026 se acredita el cumplimiento de los recaudos procesales y sustantivos a los fines del dictado de la declaratoria de herederos solicitada." La decisión se fundamentó en los artículos 2335, 2337, 2338, 2340, 2424, 2426, 2433 del Código Civil y Comercial de la Nación, así como en los artículos 735 y 737 del Código Procesal Civil y Comercial. Al ser la causante soltera sin descendencia, y sus hermanos ya fallecidos (Luisa Elena sin descendencia y Carlos con descendencia), la sucesión corresponde a los sobrinos como representantes del hermano premuerto. ---

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