BELLIZZI MIGUEL ANGEL S/ SUCESION AB-INTESTATO
El Tribunal aprobó el convenio de partición de bienes presentado por los herederos de la sucesión ab intestato y ordenó la inscripción de la declaratoria de herederos, regulando asimismo los honorarios de la letrada interviniente en mérito e importancia de las tareas desarrolladas.
Quién solicita: Julia Beatriz González, Exequiel Bellizzi y Yamila Bellizzi (herederos), con patrocinio de la Dra. Mabel Lilian Pérez Lugones. Objeto del incidente: Aprobación de convenio de partición de bienes efectuado por los herederos de una sucesión ab intestato y regulación de honorarios profesionales.
¿Qué se resolvió?
El Tribunal: 1. Admitió el convenio de partición de bienes firmado por los co-herederos (Exequiel Bellizzi, Yamila Bellizzi y Julia Beatriz González), conforme a lo dispuesto por el artículo 766 del CPCC. 2. Ordenó la puesta de manifiesto de las actuaciones en Secretaría por término de diez días a efectos de que los interesados formulen las oposiciones que estimen corresponder. 3. Requirió la presentación de certificado de anotaciones personales (inhibición y cesión de derechos y acciones hereditarios) de la totalidad de los herederos declarados. 4. Procedió a la inscripción de la Declaratoria de Herederos dictada el 30 de agosto de 2022, en relación a los derechos que pudieran corresponder al causante en el proceso sucesorio de sus padres (Nicolás Bellizzi y Estela Vicente), tramitado ante el Juzgado Nacional en lo Civil N° 21, respecto del bien inmueble identificado como: Circunscripción 6, Sección 4, Manzana 35, Parcela 26, inscripto en Matrícula N° 602639003, Antecedente Dominial Mat N° 6-2639/3. 5. Reguló los honorarios de la Dra. Mabel Lilian Pérez Lugones en 156 JUS, conforme al Acuerdo 4222/26 SCBA, por sus trabajos efectuados en las tres etapas del proceso, íntegramente a cargo de la masa hereditaria. Fundamentos principales: "De conformidad con lo dispuesto por el art. 766 del CPCC, pónganse de manifiesto las actuaciones en Secretaría por el término de diez días a efectos de los que se consideren con derecho formulen las oposiciones que estimen corresponder." "De conformidad con lo solicitado y encontrándose cumplido en autos con lo dispuesto por el art. 765 del CPCC, procédase a la Inscripción de la Declaratoria de Herederos dictada en data 30 de Agosto de 2022 con relación a los derechos que le pudieran corresponder al causante de autos, en el proceso sucesorio de sus padres, Nicolas Bellizzi y Estela Vicente, en trámite por ante el Juzgado Nacional en lo Civil N° 21." "A efectos de dar cumplimiento con lo normado por los arts. 21 y 22 de la Ley 6716, regúlanse los honorarios del profesional interviniente en mérito e importancia de las tareas desarrolladas en autos y en forma definitiva, DRA. MABEL LILIAN PEREZ LUGONES [...] en 156 JUS [...] por sus trabajos efectuados en las tres etapas del proceso, todas ellas a cargo de la masa hereditaria."
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: