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MATRICERIA AUTRAL S.A. c/ DIRECCION GENERAL DE ADUANAS s/ recurso de apelación

La infracción prevista en el artículo 970 del Código Aduanero se configura cuando la mercadería ingresada bajo un régimen de importación temporal no es reexportada o nacionalizada dentro del plazo otorgado.

Competencia Multa Costas

¿Qué se resolvió en el fallo?

Se analizó un recurso de apelación contra una resolución administrativa que impuso una multa por infracción al artículo 970 del Código Aduanero, relativa a la nacionalización fuera de plazo de mercadería ingresada bajo un Régimen de Importación Temporal (DIT). Se examinaron las fechas de vencimiento del plazo otorgado para la permanencia de la mercadería y los actos administrativos vinculados a la destinación definitiva. Se discutió la interpretación armoniosa entre el Decreto 1439/96 y el Código Aduanero en cuanto a la punición aplicable, si derecho adicional o multa, en función del incumplimiento del régimen de importación temporal. Además, se consideró el impacto de la Ley 27.260 y sus normas reglamentarias, que prevén la condonación de multas en ciertos supuestos cuando las obligaciones principales fueron canceladas antes de determinada fecha. El Tribunal evaluó pruebas documentales, cuestionamientos sobre el plazo de permanencia de la mercadería, y la correcta aplicación del régimen de condonación de sanciones, concluyendo analíticamente sobre la extensión y posible exclusión de la multa impuesta bajo el marco normativo vigente.

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