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CANALS VILA, RICARDO VICENTE Y OTRO c/ D.G.A s/ Recurso de Apelación

La notificación debida de la apertura de sumario administrativo es requisito esencial para la validez del acto y para que opere la interrupción o suspensión del plazo de prescripción de la acción del Fisco.

Competencia Nulidad Costas

¿Qué se resolvió en el fallo?

En el presente caso se analizó la controversia derivada de una presunta infracción aduanera relacionada con la extracciones no autorizadas de divisas del territorio aduanero argentino, detectadas durante un control selectivo. Se discutió la validez de la apertura de sumario administrativo, en particular si se cumplió con la notificación legalmente exigida, y si ello afectó el derecho de defensa de los involucrados. Además, se planteó la cuestión de la prescripción de la acción del Fisco para imponer sanciones administrativas por la alegada infracción. El Tribunal examinó la corrección del procedimiento administrativo, los efectos de la falta de notificación sobre la interrupción o suspensión de la prescripción, y la interpretación conjunta de los artículos del Código Aduanero aplicables, así como normas complementarias que regulan la prohibición de exportación de moneda extranjera. También se evaluó si el dinero transportado por los imputados podía considerarse equipaje admitido según el régimen normativo vigente y si existía ignorancia justificada sobre las prohibiciones aplicables.

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