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Sentencia TFN INLEG-2022-22953394-APN-VOCXXI#TFN

Las multas y sanciones correspondientes a obligaciones sustanciales devengadas hasta el 31 de mayo de 2016 que no se encuentren firmes y cuya obligación principal haya sido cancelada a esa fecha pueden ser condonadas de pleno derecho conforme al artí

Competencia Multa Costas

¿Qué se resolvió en el fallo?

Se examinó un recurso de apelación interpuesto contra una resolución del Departamento de Procedimientos Legales Aduaneros que impuso una multa por infracción aduanera relacionada con la calidad de la mercadería importada y la aplicación incorrecta de un certificado de origen y de una licencia de importación. Se analizaron las actuaciones administrativas, la presentación de pruebas y la cancelación de la obligación tributaria principal vinculada. El Tribunal evaluó la aplicación de la ley 27.260 y sus resoluciones reglamentarias respecto a la condonación de multas y sanciones no firmes ni abonadas a determinada fecha, verificando si se cumplían las condiciones para acceder a dicho beneficio, así como la correcta imposición de costas y tasas procesales.

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