ENERGIA S.R.L. s/ recurso de apelación
El artículo 158 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación es aplicable a los procedimientos ante el Tribunal Fiscal de la Nación para ampliar los plazos procesales en función de la distancia, salvo que una disposición expresa en contrario lo
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se analizó un recurso de apelación interpuesto contra una resolución que determinó obligaciones tributarias y aplicó multas, cuestionándose la aplicación del régimen de ampliación de plazos procesales en función de la distancia establecido en el artículo 158 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación (CPCCN). La controversia giró en torno a si este régimen es aplicable en el contexto de la tramitación electrónica obligatoria a través de la Plataforma de Trámites a Distancia (TAD), implementada desde mayo de 2019, que permite la presentación en línea y en tiempo real sin importar la distancia física entre el contribuyente y el tribunal. Se examinaron argumentos relacionados con la vigencia y jerarquía normativa del CPCCN y la ley impositiva, la interpretación de las disposiciones reglamentarias sobre tramitación electrónica, y la garantía constitucional del debido proceso y derecho de defensa, evaluando si la digitalización del procedimiento modifica o extingue la ampliación de plazos en razón de la distancia.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: