CHAPU S.R.L. c/D.G.A. s/incidente de beneficio de litigar sin gastos
El beneficio de litigar sin gastos se otorga únicamente cuando el solicitante se encuentra en una situación de pobreza calificada caracterizada por una incapacidad económica severa que impide afrontar el pago de la tasa de actuación.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se analiza la solicitud de una persona jurídica para obtener el beneficio de litigar sin gastos, fundado en la alegada insuficiencia de recursos para afrontar la tasa de actuación establecida por ley. El Tribunal examina la prueba ofrecida, que incluye testimonial e informativa, y la falta de presentación oportuna de documentación acreditativa del estado económico del solicitante. Se evalúan las condiciones requeridas para conceder el beneficio y la interpretación restrictiva de las exenciones en el ámbito tributario, así como la aplicación de la jurisprudencia del Tribunal en casos similares. Asimismo, se considera la naturaleza jurídica del solicitante y los efectos del pago previo de la tasa en relación con el derecho de defensa.
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