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Sentencia TFN INLEG-2022-85933539-APN-VOCXIX#TFN

El recurso de amparo contra la demora excesiva en procedimientos administrativos es procedente cuando se acreditan tres requisitos: existencia de demora excesiva del servicio, perjuicio derivado de dicha demora y solicitud previa de pronto despacho a

Competencia Costas

¿Qué se resolvió en el fallo?

Se analizó la procedencia de un recurso de amparo presentado por una firma contra la demora excesiva del procedimiento administrativo iniciado por la Aduana para investigar diferencias en la valoración de mercaderías exportadas entre empresas vinculadas. El sumario fue iniciado en 2019 y, tras respuesta de la vista conferida ese mismo año, no hubo avances significativos hasta la solicitud de pronto despacho en 2022. Se examinaron los requisitos legales para admitir el amparo por demora excesiva, incluyendo la existencia de un perjuicio derivado de dicha demora y el pedido previo de pronto despacho a la autoridad administrativa. El Tribunal consideró el contexto fáctico-administrativo, la normativa aduanera y los estándares constitucionales sobre el derecho a una resolución en tiempo razonable, distinguiendo que la inactividad prolongada constituye una vulneración al derecho de defensa y genera un perjuicio por la incertidumbre en la resolución del procedimiento.

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