Sentencia TFN IF-2022-45859063-APN-VOCXVI#TFN
El amparo por mora previsto en el artículo 1160 del Código Aduanero es procedente cuando la demora administrativa para resolver un trámite aduanero es excesiva y causa perjuicio al interesado, habiéndose agotado previamente el recurso de pronto despa
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se analizó la procedencia del recurso de amparo por demora excesiva interpuesto contra la Dirección General de Aduanas, en relación a la falta de resolución definitiva en un procedimiento de repetición iniciado para solicitar la devolución de tributos aduaneros abonados en una exportación. Se examinó el cumplimiento de los requisitos formales previos, como el pedido de pronto despacho, el tiempo transcurrido desde la solicitud original y el estado de tramitación administrativa. Se discutió si la demora configuraba una violación al derecho al trámite en plazo razonable y si causaba perjuicios al recurrente, evaluando asimismo las etapas internas del procedimiento y las justificaciones aportadas por la administración, incluyendo la complejidad del análisis requerido y el impacto de la pandemia en la tramitación. El Tribunal consideró reglas legales específicas del Código Aduanero y los estándares para la procedencia del amparo por mora, ponderando los movimientos procesales y el plazo razonable para resolver.
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