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ARGENSUN S.A c/Dirección General de Aduanas s/ AMPARO

El recurso de amparo previsto en el artículo 1160 del Código Aduanero procede únicamente cuando exista un perjuicio causado por una demora excesiva imputable al servicio aduanero en la tramitación de un procedimiento que impida el dictado de una reso

Competencia Costas

¿Qué se resolvió en el fallo?

Se analizó un recurso de amparo presentado contra la demora en la resolución de un trámite administrativo referente a la repetición de presuntos pagos indebidos de derechos de exportación. El reclamo se basó en la demora excesiva atribuida al organismo aduanero y su impacto negativo en el ejercicio del derecho a la devolución solicitada. El tribunal examinó la procedencia del amparo teniendo en cuenta el dictado de una resolución administrativa posterior que puso fin al procedimiento, así como la imposibilidad material de otorgar el remedio por haberse agotado la instancia administrativa. Además, se consideró el contexto excepcional de la pandemia de COVID-19 y sus efectos en la administración pública para ponderar la distribución de las costas del proceso.

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