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Sentencia TFN INLEG-2022-44173623-APN-VOCXXI#TFN

El artículo 1160 del Código Aduanero establece como requisito sustancial para el amparo por demora excesiva en procedimientos aduaneros la existencia simultánea de demora injustificada y perjuicio para el interesado.

Competencia Costas Tributos aduaneros

¿Qué se resolvió en el fallo?

Se planteó un recurso de amparo contra la Dirección General de Aduanas debido a una demora excesiva en la resolución de un procedimiento administrativo iniciado para la repetición de tributos aduaneros abonados indebidamente. La parte recurrente alegó que, transcurridos más de dos años sin una resolución definitiva, se configuraba una demora injustificada que afectaba su derecho a la defensa en juicio y generaba un perjuicio por la incertidumbre prolongada. El Tribunal examinó los plazos razonables previstos en el Código Aduanero y reglamentaciones administrativas, así como la doctrina jurisprudencial sobre el derecho a obtener un pronunciamiento en tiempo razonable, para determinar si la demora en cuestión era excesiva, analizando las actuaciones administrativas para constatar paralizaciones y la ausencia de actos procesales útiles dentro del procedimiento. Por último, se valoraron los requisitos sustanciales del amparo por demora y su impacto en el derecho de defensa del contribuyente.

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