EX-2021-15289903-APN-SGASAD#TFN (NEWSAN S.A.)
El Tribunal Fiscal de la Nación no puede declarar la inconstitucionalidad de leyes tributarias o aduaneras ni sus reglamentaciones, salvo que la Corte Suprema de Justicia de la Nación haya declarado expresamente dicha inconstitucionalidad.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El caso analiza un recurso de apelación contra una resolución administrativa que denegó la devolución de derechos de exportación pagados conforme al Decreto N° 793/2018. Se discute la constitucionalidad de dicho decreto que estableció un derecho de exportación ad valorem, cuestionado por haber sido dictado por el Poder Ejecutivo sin una ley previa que autorizara tal imposición, siendo considerado por la recurrente como un reglamento delegado prohibido por la Constitución. El Tribunal examinó la aplicación del principio de legalidad tributaria, la interpretación del artículo 755 del Código Aduanero, la relevancia de la Ley N° 27.467 que ratificó el decreto cuestionado, y la imposibilidad de declarar inconstitucionales normas sin pronunciamiento previo de la Corte Suprema de Justicia. Se evaluó además la diferenciación entre fijación y aprobación de alícuotas, el concepto de vigencia y convalidación legislativa posterior, y la aplicabilidad del precedente Camaronera Patagónica en un contexto jurídico actualizado y distinto. El análisis se centró en las competencias del Poder Ejecutivo y Legislativo, el respeto a los procedimientos formales legislativos, y los efectos prácticos sobre las operaciones de exportación.
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