GAS NEA S.A. s/ apelación
El acogimiento al régimen de regularización establecido por la ley 27.541 y sus modificatorias implica el desistimiento de todo derecho, acción o reclamo, incluso el de repetición, respecto de las obligaciones regularizadas.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El Tribunal Fiscal analizó recursos de apelación referidos a determinaciones de impuesto a las ganancias y IVA sobre ejercicios fiscales previos, donde se discutía la regularización de obligaciones tributarias mediante planes de facilidades de pago bajo el régimen especial establecido por las leyes 27.541, 27.562 y 27.653. Se revisaron las condiciones y efectos legales del acogimiento a dicho régimen, especialmente el desistimiento de acciones y derechos, incluido el de repetición, y la imposición de costas. El análisis del Tribunal incluyó la evaluación de la situación procesal tras la adhesión al régimen de regularización, el cumplimiento de pagos conforme al plan aprobado, las exclusiones previstas en la normativa y el marco normativo aplicable en materia de costas, particularmente la aplicación del principio de especialidad frente a normas generales.
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