SCHLUMBERGER ARGENTINA S.A. c/ D.G.A. s/ recurso de apelación
El incumplimiento de las obligaciones inherentes al régimen de importación temporaria configura una infracción que puede sancionarse con multa y, en caso de importación prohibida, con comiso de la mercadería.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se analizó un recurso de apelación contra una resolución aduanera que impuso multa y comiso sobre mercadería relacionada con un régimen de importación temporaria. La controversia gira en torno a la interpretación y aplicación del artículo 970 del Código Aduanero respecto a si la mercadería debía considerarse importación prohibida al momento de nacionalizarse. Se examinaron aspectos fácticos relativos a la utilización o no del bien durante la importación temporaria, la procedencia y oportunidad de la solicitud de nacionalización, y si la autoridad aduanera actuó diligentemente en resolver dicha solicitud o en ordenar la reexportación. También se discutieron cuestiones sobre la aplicación de multas y criterios para su graduación, así como la inconstitucionalidad de normas reglamentarias y la correcta determinación de los tributos aduaneros conforme al arancel vigente. El Tribunal se enfocó en determinar el estatus de la mercadería (nueva o usada), la adecuación de la actuación administrativa, la interpretación objetiva de las infracciones y la competencia del organismo aduanero para decidir la destinación legalmente permitida.
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