Sentencia TFN IF-2022-105388515-APN-VOCXVI#TFN
El valor en aduana debe incluir los cánones y derechos de licencia relacionados con las mercancías importadas cuando el comprador debe pagarlos directa o indirectamente como condición de venta, siempre que no estén incluidos en el precio realmente pa
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se analizó el ajuste de valor aplicado por la Administración Aduanera sobre mercaderías importadas durante los años 2010 a 2012. La controversia se centró en la inclusión o no de regalías correspondientes a un contrato de licencia entre partes vinculadas en el valor declarado en aduana. El Tribunal examinó la procedencia del ajuste de valor conforme a lo previsto en el Acuerdo relativo a la Aplicación del Artículo VII del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y de Comercio (GATT) de 1994, evaluando si los cánones y derechos de licencia cumplían los requisitos para ser añadidos al valor en aduana. Se consideraron aspectos como la relación entre las regalías y las mercancías importadas, la existencia de condición de venta y la inclusión o exclusión del pago de las regalías en el precio declarado. También se valoraron pruebas sobre la condonación de los pagos de regalías mediante nota de crédito y el análisis pericial presentado. El análisis giró en torno al cumplimiento de los tres requisitos para el ajuste de valor por cánones y derechos de licencia y su cuantificación objetiva y verificable conforme a la normativa aplicable y doctrina internacional.
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