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S.C. JOHNSON & SON DE ARGENTINA S.A.I.C. c/ DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS s/ recurso de apelación

La acción para imponer penas por infracciones aduaneras prescribe a los cinco años a partir del primero de enero del año siguiente a la comisión de la infracción.

Iva Ganancias Competencia Nulidad Multa Costas

¿Qué se resolvió en el fallo?

Se analizó un recurso de apelación contra una resolución de la autoridad aduanera que condenó a una empresa por la presunta comisión de la infracción prevista en el artículo 970 del Código Aduanero, relacionada con la importación temporaria de mercadería y el incumplimiento de la obligación de reexportarla en el plazo establecido. La controversia gira en torno a la aplicación de la prescripción para la imposición de multas y cobro de tributos, la veracidad y suficiencia probatoria respecto a la descarga de la mercadería y la correcta documentación aportada para acreditar la reexportación, incluyendo permisos de embarque y certificados de tipificación y clasificación. El Tribunal examinó la normativa aplicable sobre prescripción, la carga de la prueba para el importador, el análisis de la relación insumo-producto conforme a documentación técnica y administrativa, y la procedencia de la multa y tributos incluidos IVA e Impuesto a las Ganancias, atendiendo a jurisprudencia relevante y eventuales ajustes en la liquidación de los montos reclamados.

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