por la Administración Federal de Ingresos Públicos el 18/1/2022 con motivo de la solicitud de devolución presentada por la firma SADESA S.A. en relación a la destinación de exportación N° 18001EG03001395N
El recurso de amparo resulta procedente ante la configuración de una demora excesiva en la tramitación administrativa que cause un perjuicio al recurrente conforme al artículo 1160 del Código Aduanero.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se analizó un recurso de amparo interpuesto contra una demora excesiva en la resolución de un procedimiento administrativo de repetición iniciado ante la Dirección General de Aduanas. El trámite, que se prolongó por casi dos años sin una resolución definitiva, generó cuestionamientos sobre la dilación injustificada del servicio aduanero y el impacto negativo en los derechos del solicitante. Se examinaron los plazos previstos en el Código Aduanero y normas complementarias, así como la documentación y actuaciones administrativas, para determinar si se configuraba la demora excesiva y el perjuicio requerido para la procedencia del amparo. El Tribunal consideró los estándares constitucionales relativos a la defensa en juicio, la celeridad razonable en los procedimientos y la adecuada tutela jurisdiccional frente a demoras administrativas injustificadas.
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