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Sentencia TFN INLEG-2024-60949551-APN-VOCXIX#TFN

La acción de amparo en materia aduanera procede únicamente cuando se verifica una demora objetivamente infundada y excesivamente prolongada en el trámite administrativo que cause perjuicio al administrado.

Competencia Costas

¿Qué se resolvió en el fallo?

Se analiza un recurso de amparo interpuesto contra la demora prolongada y excesiva en la resolución de solicitudes de devolución de derechos de exportación presentadas ante la Dirección General de Aduanas (DGA). La controversia gira en torno a la falta de dictado de una resolución definitiva en procedimientos iniciados hace más de dos años, pese a haberse solicitado pronto despacho y haberse cumplido las intimaciones administrativas para la presentación adecuada de la documentación. Se examina la procedencia del amparo conforme al artículo 1160 del Código Aduanero, que requiere la existencia de un perjuicio por demora excesiva imputable al servicio aduanero y la petición previa de pronto despacho. El Tribunal revisa la acreditación de la demora, el cumplimiento de las formalidades por parte del solicitante, y los estándares razonables de plazo para trámites administrativos, considerando la jurisprudencia constitucional sobre el derecho a una resolución efectiva y en plazo razonable.

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